+Sección 6 Método de los modelos internos
---+Artículo 283 Autorización para utilizar el método de los modelos internos
------+Artículo 283 1.
------+Artículo 283 2.
------+Artículo 283 3.
------+Artículo 283 4.
------+Artículo 283 5.
------+Artículo 283 6.
---+Artículo 284 Valor de exposición
------+Artículo 284 1.
------+Article 284 2.
------+Artículo 284 3.
------+Artículo 284 4.
------+Artículo 284 5.
------+Artículo 284 6.
------+Artículo 284 7.
------+Artículo 284 8.
------+Artículo 284 9.
------+Artículo 284 10.
------+Artículo 284 11.
------+Artículo 284 12.
------+Artículo 284 13.
---+Artículo 285 Valor de exposición de los conjuntos de operaciones compensables sujetos a un acuerdo de margen
------+Artículo 285 1.
------+Artículo 285 2.
------+Artículo 285 3.
------+Artículo 285 4.
------+Artículo 285 5.
------+Artículo 285 6.
------+Artículo 285 7.
------+Article 285 7a.
------+Artículo 285 8.
---+Artículo 286 Gestión del riesgo de contraparte – Políticas, procesos y sistemas
------+Artículo 286 1.
------+Artículo 286 2.
------+Artículo 286 3.
------+Artículo 286 4.
------+Artículo 286 5.
------+Artículo 286 6.
------+Artículo 286 7.
------+Artículo 286 8.
---+Artículo 287 Estructuras organizativas a efectos de la gestión del riesgo de contraparte
------+Artículo 287 1.
------+Artículo 287 2.
------+Artículo 287 3.
------+Artículo 287 4.
---+Artículo 288 Revisión del sistema de gestión del riesgo de contraparte
---+Artículo 289 Prueba del uso
------+Artículo 289 1.
------+Artículo 289 2.
------+Artículo 289 3.
------+Artículo 289 4.
------+Artículo 289 5.
------+Artículo 289 6.
---+Artículo 290 Pruebas de resistencia
------+Artículo 290 1.
------+Artículo 290 2.
------+Artículo 290 3.
------+Artículo 290 4.
------+Artículo 290 5.
------+Artículo 290 6.
------+Artículo 290 7.
------+Artículo 290 8.
------+Artículo 290 9.
------+Artículo 290 10.
---+Artículo 291 Riesgo de correlación adversa
------+Artículo 291 1.
------+Artículo 291 2.
------+Artículo 291 3.
------+Artículo 291 4.
------+Artículo 291 5.
------+Artículo 291 6.
---+Artículo 292 Integridad del proceso de modelización
------+Artículo 292 1.
------+Artículo 292 2.
------+Artículo 292 3.
------+Artículo 292 4.
------+Artículo 292 5.
------+Artículo 292 6.
------+Artículo 292 7.
------+Artículo 292 8.
------+Artículo 292 9.
------+Artículo 292 10.
---+Artículo 293 Requisitos aplicables al sistema de gestión del riesgo
------+Artículo 293 1.
------+Artículo 293 2.
------+Artículo 293 3.
------+Artículo 293 4.
------+Artículo 293 5.
------+Artículo 293 6.
---+Artículo 294 Requisitos para la validación
------+Artículo 294 1.
------+Artículo 294 2.
------+Artículo 294 3.

Sección 6 Método de los modelos internos

Sección 6 Método de los modelos internos

1. Resumen

,
Título Regulación
Artículo 283 Autorización para utilizar el método de los modelos internos -
Artículo 284 Valor de exposición -
Artículo 285 Valor de exposición de los conjuntos de operaciones compensables sujetos a un acuerdo de margen -
Artículo 286 Gestión del riesgo de contraparte – Políticas, procesos y sistemas -
Artículo 287 Estructuras organizativas a efectos de la gestión del riesgo de contraparte -
Artículo 288 Revisión del sistema de gestión del riesgo de contraparte

Artículo 288

Revisión del sistema de gestión del riesgo de contraparte

Las entidades realizarán periódicamente una revisión independiente de su sistema de gestión del riesgo de contraparte a través de su proceso de auditoría interna. La revisión incluirá las actividades tanto de la unidad de control como de la unidad de gestión de garantías reales previstas en el artículo 287, y abordará específicamente, como mínimo, lo siguiente:

a) 

la idoneidad de la documentación del sistema y proceso de gestión del riesgo de contraparte que exige el artículo 286;

b) 

la organización de la unidad de control del riesgo de contraparte prevista en el artículo 287, apartado 1, letra a);

c) 

la organización de la unidad de gestión de garantías reales prevista en el artículo 287, apartado 1, letra b);

d) 

la integración de la medición del RCC en la gestión de riesgos diaria;

e) 

el proceso de aprobación aplicable a los modelos de fijación de precios en función del riesgo y sistemas de evaluación utilizados por los operadores (front-office) y el personal administrativo (back-office);

f) 

la validación de cualquier modificación significativa en el proceso de medición del RCC;

g) 

el alcance del RCC reflejado por el modelo de medición de riesgos;

h) 

la integridad del sistema de información a la dirección;

i) 

la exactitud y exhaustividad de los datos sobre el RCC;

j) 

la exacta traslación de las condiciones jurídicas de los acuerdos de garantía real y de compensación a la medición del valor de exposición;

k) 

la comprobación de la coherencia, oportunidad y fiabilidad de las fuentes de datos utilizadas en el funcionamiento de los modelos internos, así como la independencia de las mismas;

l) 

la exactitud e idoneidad de los supuestos de volatilidad y correlación;

m) 

la exactitud de los cálculos de evaluación y transformación de riesgos;

n) 

la verificación de la exactitud del modelo mediante frecuentes pruebas retrospectivas, con arreglo a lo previsto en el artículo 293, apartado 1, letras b) a e);

o) 

el cumplimiento de los pertinentes requisitos reglamentarios por la unidad de control del riesgo de contraparte y la unidad de gestión de garantías reales.

Artículo 289 Prueba del uso -
Artículo 290 Pruebas de resistencia -
Artículo 291 Riesgo de correlación adversa -
Artículo 292 Integridad del proceso de modelización -
Artículo 293 Requisitos aplicables al sistema de gestión del riesgo -
Artículo 294 Requisitos para la validación -

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito