+CAPÍTULO 1 Planificación de la resolución
---+Artículo 8 Planes de resolución elaborados por la Junta
------+Artículo 8 1.
------+Artículo 8 2.
------+Artículo 8 3.
------+Artículo 8 4.
------+Artículo 8 5.
------+Artículo 8 6.
------+Artículo 8 7.
------+Artículo 8 8.
------+Artículo 8 9.
------+Artículo 8 10.
------+Artículo 8 11.
------+Artículo 8 12.
------+Artículo 8 13.
---+Artículo 9 Planes de resolución elaborados por las autoridades nacionales de resolución
------+Artículo 9 1.
------+Artículo 9 2.
---+Artículo 10 Evaluación de la resolubilidad
------+Artículo 10 1.
------+Artículo 10 2.
------+Artículo 10 3.
------+Artículo 10 4.
------+Artículo 10 5.
------+Artículo 10 6.
------+Artículo 10 7.
------+Artículo 10 8.
------+Artículo 10 9.
------+Artículo 10 10.
------+Artículo 10 11.
------+Artículo 10 12.
------+Artículo 10 13.
---+Artículo 10bis Facultad de prohibir determinadas distribuciones
------+Artículo 10bis 1.
------+Artículo 10bis 2.
------+Artículo 10bis 3.
------+Artículo 10bis 4.
------+Artículo 10bis 5.
------+Artículo 10bis 6.
---+Artículo 11 Obligaciones simplificadas para determinadas entidades
------+Artículo 11 1.
------+Artículo 11 2.
------+Artículo 11 3.
------+Artículo 11 4.
------+Artículo 11 5.
------+Artículo 11 6.
------+Artículo 11 7.
------+Artículo 11 8.
------+Artículo 11 9.
------+Artículo 11 10.
---+Artículo 12 Requisito mínimo de fondos propios y pasivos admisibles
------+Artículo 12 1.
------+Artículo 12 2.
------+Artículo 12 3.
------+Artículo 12 4.
------+Artículo 12 5.
------+Artículo 12 6.
------+Artículo 12 7.
------+Artículo 12 8.
---+Artículo 12bis Cálculo y aplicación del requisito mínimo de fondos propios y pasivos admisibles
------+Artículo 12bis 1.
------+Artículo 12bis 2.
------+Artículo 12bis 3.
---+Artículo 12ter Exención del requisito mínimo de fondos propios y pasivos admisibles
------+Artículo 12ter 1.
------+Artículo 12ter 2.
---+Artículo 12quater Pasivos admisibles para las entidades de resolución
------+Artículo 12quater 1.
------+Artículo 12quater 2.
------+Artículo 12quater 3.
------+Artículo 12quater 4.
------+Artículo 12quater 5.
------+Artículo 12quater 6.
------+Artículo 12quater 7.
------+Artículo 12quater 8.
------+Artículo 12quater 9.
---+Artículo 12quinquies Determinación del requisito mínimo de fondos propios y pasivos admisibles
------+Artículo 12quinquies 1.
------+Artículo 12quinquies 2.
------+Article 12d 2a.
------+Artículo 12quinquies 3.
------+Artículo 12quinquies 4.
------+Artículo 12quinquies 5.
------+Artículo 12quinquies 6.
------+Artículo 12quinquies 7.
------+Artículo 12quinquies 8.
------+Artículo 12quinquies 9.
---+Artículo 12sexies Determinación del requisito mínimo de fondos propios y pasivos admisibles para las entidades de resolución de las EISM y las filiales significativas de la Unión de las EISM de fuera de la UE
------+Artículo 12sexies 1.
------+Artículo 12sexies 2.
------+Artículo 12sexies 3.
------+Artículo 12sexies 4.
---+Artículo 12septies Aplicación del requisito mínimo de fondos propios y pasivos admisibles a las entidades de resolución
------+Artículo 12septies 1.
------+Artículo 12septies 2.
------+Artículo 12septies 3.
---+Artículo 12octies Aplicación del requisito mínimo de fondos propios y pasivos admisibles a las entidades que no sean ellas mismas entidades de resolución
------+Artículo 12octies 1.
------+Artículo 12octies 2.
------+Article 12g 2a.
------+Article 12g 2b.
------+Artículo 12octies 3.
------+Artículo 12octies 4.
---+Artículo 12nonies Exención de la aplicación del requisito mínimo de fondos propios y pasivos admisibles a las entidades que no sean ellas mismas entidades de resolución
------+Artículo 12nonies 1.
------+Artículo 12nonies 2.
---+Artículo 12decies Exención aplicable a los organismos centrales y a las entidades de crédito afiliadas de forma permanente a un organismo central
---+Artículo 12undecies Incumplimiento del requisito mínimo de fondos propios y pasivos admisibles
------+Artículo 12undecies 1.
------+Artículo 12undecies 2.
---+Artículo 12duodecies Disposiciones transitorias y posteriores a la resolución
------+Artículo 12duodecies 1.
------+Artículo 12duodecies 2.
------+Artículo 12duodecies 3.
------+Artículo 12duodecies 4.
------+Artículo 12duodecies 5.
------+Artículo 12duodecies 6.
------+Artículo 12duodecies 7.
------+Artículo 12duodecies 8.

CAPÍTULO 1 Planificación de la resolución

CAPÍTULO 1 Planificación de la resolución

1. Resumen

,
Título Regulación
Artículo 8 Planes de resolución elaborados por la Junta
Artículo 9 Planes de resolución elaborados por las autoridades nacionales de resolución
Artículo 10 Evaluación de la resolubilidad
Artículo 10bis Facultad de prohibir determinadas distribuciones
Artículo 11 Obligaciones simplificadas para determinadas entidades
Artículo 12 Requisito mínimo de fondos propios y pasivos admisibles
Artículo 12bis Cálculo y aplicación del requisito mínimo de fondos propios y pasivos admisibles
Artículo 12ter Exención del requisito mínimo de fondos propios y pasivos admisibles
Artículo 12quater Pasivos admisibles para las entidades de resolución
Artículo 12quinquies Determinación del requisito mínimo de fondos propios y pasivos admisibles
Artículo 12sexies Determinación del requisito mínimo de fondos propios y pasivos admisibles para las entidades de resolución de las EISM y las filiales significativas de la Unión de las EISM de fuera de la UE
Artículo 12septies Aplicación del requisito mínimo de fondos propios y pasivos admisibles a las entidades de resolución
Artículo 12octies Aplicación del requisito mínimo de fondos propios y pasivos admisibles a las entidades que no sean ellas mismas entidades de resolución
Artículo 12nonies Exención de la aplicación del requisito mínimo de fondos propios y pasivos admisibles a las entidades que no sean ellas mismas entidades de resolución
Artículo 12decies Exención aplicable a los organismos centrales y a las entidades de crédito afiliadas de forma permanente a un organismo central

Artículo 12 decies

Exención aplicable a los organismos centrales y a las entidades de crédito afiliadas de forma permanente a un organismo central

La Junta podrá eximir parcial o totalmente de la aplicación del artículo 12 octies a un organismo central o a una entidad de crédito afiliada de forma permanente a un organismo central, si se cumplen todas las condiciones siguientes:

a) 

que la entidad de crédito y el organismo central estén sujetos a la supervisión de la misma autoridad competente, estén establecidos en el mismo Estado miembro participante y formen parte del mismo grupo de resolución;

b) 

que los compromisos del organismo central y de sus entidades de crédito afiliadas de forma permanente constituyan obligaciones solidarias, o que los compromisos de sus entidades de crédito afiliadas de forma permanente estén completamente garantizados por el organismo central;

c) 

que el requisito mínimo de fondos propios y pasivos admisibles, la solvencia y la liquidez del organismo central y de todas las entidades de crédito afiliadas de forma permanente, estén supervisados en su conjunto sobre la base de las cuentas consolidadas de esas entidades;

d) 

en el caso de una exención aplicable a una entidad de crédito afiliada de forma permanente a un organismo central, que la dirección del organismo central esté habilitada para dar instrucciones a la dirección de las entidades afiliadas de forma permanente;

e) 

que el grupo de resolución pertinente cumpla el requisito a que se refiere el artículo 12 septies, apartado 3, y

f) 

que no existan ni se prevean obstáculos importantes de índole práctica o jurídica para la rápida transferencia de fondos propios o el rápido reembolso de pasivos entre el organismo central y las entidades de crédito afiliadas de forma permanente en caso de resolución.

Artículo 12undecies Incumplimiento del requisito mínimo de fondos propios y pasivos admisibles
Artículo 12duodecies Disposiciones transitorias y posteriores a la resolución

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito