+REGLAMENTO DELEGADO (UE) N o 231/2013 DE LA COMISIÓN de 19 de diciembre de 2012 por el que se complementa la Directiva 2011/61/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo referente a las exenciones, las condiciones generales de ejercicio de la actividad, los depositarios, el apalancamiento, la transparencia y la supervisión (Texto pertinente a efectos del EEE)
---+CAPÍTULO I DEFINICIONES
------+Artículo 1 Definiciones
---+CAPÍTULO II DISPOSICIONES GENERALES
------+SECCIÓN 1 Cálculo de los activos gestionados
---------+Artículo 2 Cálculo del valor total de los activos gestionados
------------+Artículo 2 1.
------------+Artículo 2 2.
------------+Artículo 2 3.
------------+Artículo 2 4.
------------+Artículo 2 5.
------------+Artículo 2 6.
---------+Artículo 3 Seguimiento continuo de los activos gestionados
---------+Artículo 4 Rebasamiento ocasional del umbral
------------+Artículo 4 1.
------------+Artículo 4 2.
------------+Artículo 4 3.
------------+Artículo 4 4.
------------+Artículo 4 5.
---------+Artículo 5 Información que debe facilitarse en el marco del registro
------------+Artículo 5 1.
------------+Artículo 5 2.
------------+Artículo 5 3.
------------+Artículo 5 4.
------------+Artículo 5 5.
------+SECCIÓN 2 Cálculo del apalancamiento
---------+Artículo 6 Disposiciones generales sobre el cálculo del apalancamiento
------------+Artículo 6 1.
------------+Artículo 6 2.
------------+Artículo 6 3.
------------+Artículo 6 4.
------------+Artículo 6 5.
---------+Artículo 7 Método bruto para el cálculo de la exposición del FIA
---------+Artículo 8 Método del compromiso para el cálculo de la exposición del FIA
------------+Artículo 8 1.
------------+Artículo 8 2.
------------+Artículo 8 3.
------------+Artículo 8 4.
------------+Artículo 8 5.
------------+Artículo 8 6.
------------+Artículo 8 7.
------------+Artículo 8 8.
------------+Artículo 8 9.
---------+Artículo 9 Métodos para incrementar la exposición de un FIA
---------+Artículo 10 Métodos de conversión de los instrumentos derivados
---------+Artículo 11 Normas de compensación de la duración
------------+Artículo 11 1.
------------+Artículo 11 2.
------------+Artículo 11 3.
------------+Artículo 11 4.
------------+Artículo 11 5.
------+SECCIÓN 3 Fondos propios adicionales y seguro de responsabilidad civil profesional
---------+Artículo 12 Riesgos de responsabilidad profesional
------------+Artículo 12 1.
------------+Artículo 12 2.
------------+Artículo 12 3.
---------+Artículo 13 Requisitos cualitativos en relación con los riesgos de responsabilidad profesional
------------+Artículo 13 1.
------------+Artículo 13 2.
------------+Artículo 13 3.
------------+Artículo 13 4.
------------+Artículo 13 5.
------------+Artículo 13 6.
------------+Artículo 13 7.
---------+Artículo 14 Fondos propios adicionales
------------+Artículo 14 1.
------------+Artículo 14 2.
------------+Artículo 14 3.
------------+Artículo 14 4.
------------+Artículo 14 5.
---------+Artículo 15 Seguro de responsabilidad civil profesional
------------+Artículo 15 1.
------------+Artículo 15 2.
------------+Artículo 15 3.
------------+Artículo 15 4.
------------+Artículo 15 5.
---+CAPÍTULO III CONDICIONES DE EJERCICIO DE LA ACTIVIDAD DE LOS GFIA
------+SECCIÓN 1 Principios generales
---------+Artículo 16 Obligaciones generales de las autoridades competentes
---------+Artículo 17 Deber de actuar en el mejor interés de los FIA o de sus inversores y de la integridad del mercado
------------+Artículo 17 1.
------------+Artículo 17 2.
---------+Artículo 18 Diligencia debida
------------+Artículo 18 1.
------------+Artículo 18 2.
------------+Artículo 18 3.
------------+Artículo 18 4.
------------+Artículo 18 5.
------------+Artículo 18 6.
---------+Artículo 19 Diligencia debida al invertir en activos de liquidez limitada
------------+Artículo 19 1.
------------+Artículo 19 2.
---------+Artículo 20 Diligencia debida en la selección y designación de contrapartes e intermediarios principales
------------+Artículo 20 1.
------------+Artículo 20 2.
------------+Artículo 20 3.
------------+Artículo 20 4.
---------+Artículo 21 Actuar honestamente, con lealtad y con la competencia debida
---------+Artículo 22 Recursos
------------+Artículo 22 1.
------------+Artículo 22 2.
------------+Artículo 22 3.
---------+Artículo 23 Trato equitativo de los inversores del FIA
------------+Artículo 23 1.
------------+Artículo 23 2.
---------+Artículo 24 Incentivos
------------+Artículo 24 1.
------------+Artículo 24 2.
---------+Artículo 25 Utilización efectiva de recursos y procedimientos — tramitación de órdenes
------------+Artículo 25 1.
------------+Artículo 25 2.
------------+Artículo 25 3.
------------+Artículo 25 4.
---------+Artículo 26 Obligaciones de información sobre la ejecución de las órdenes de suscripción y reembolso
------------+Artículo 26 1.
------------+Artículo 26 2.
------------+Artículo 26 3.
------------+Artículo 26 4.
---------+Artículo 27 Ejecución de las decisiones de negociar por cuenta de los FIA gestionados
------------+Artículo 27 1.
------------+Artículo 27 2.
------------+Artículo 27 3.
------------+Artículo 27 4.
------------+Artículo 27 5.
------------+Artículo 27 6.
------------+Artículo 27 7.
---------+Artículo 28 Transmisión de órdenes de negociación por cuenta de FIA a otras entidades para su ejecución
------------+Artículo 28 1.
------------+Artículo 28 2.
------------+Artículo 28 3.
------------+Artículo 28 4.
------------+Artículo 28 5.
---------+Artículo 29 Agrupación y asignación de órdenes de negociación
------------+Artículo 29 1.
------------+Artículo 29 2.
------------+Artículo 29 3.
------------+Artículo 29 4.
------+SECCIÓN 2 Conflictos de intereses
---------+Artículo 30 Tipos de conflictos de intereses
---------+Artículo 31 Política en materia de conflictos de intereses
------------+Artículo 31 1.
------------+Artículo 31 2.
---------+Artículo 32 Conflictos de intereses relacionados con el reembolso de inversiones
---------+Artículo 33 Procedimientos y medidas de prevención o gestión de los conflictos de intereses
------------+Artículo 33 1.
------------+Artículo 33 2.
---------+Artículo 34 Gestión de los conflictos de intereses
---------+Artículo 35 Seguimiento de los conflictos de intereses
------------+Artículo 35 1.
------------+Artículo 35 2.
---------+Artículo 36 Comunicación de los conflictos de intereses
------------+Artículo 36 1.
------------+Artículo 36 2.
---------+Artículo 37 Estrategias para el ejercicio de los derechos de voto
------------+Artículo 37 1.
------------+Artículo 37 2.
------------+Artículo 37 3.
------+SECCIÓN 3 Gestión del riesgo
---------+Artículo 38 Sistemas de gestión del riesgo
---------+Artículo 39 Función permanente de gestión del riesgo
------------+Artículo 39 1.
------------+Artículo 39 2.
---------+Artículo 40 Política de gestión del riesgo
------------+Artículo 40 1.
------------+Artículo 40 2.
------------+Artículo 40 3.
------------+Artículo 40 4.
------------+Artículo 40 5.
---------+Artículo 41 Valoración, control y revisión de los sistemas de gestión del riesgo
------------+Artículo 41 1.
------------+Artículo 41 2.
------------+Artículo 41 3.
------------+Artículo 41 4.
---------+Artículo 42 Separación funcional y jerárquica de la función de gestión del riesgo
------------+Artículo 42 1.
------------+Artículo 42 2.
------------+Artículo 42 3.
---------+Artículo 43 Garantías contra los conflictos de intereses
------------+Artículo 43 1.
------------+Artículo 43 2.
------------+Artículo 43 3.
---------+Artículo 44 Límites de riesgo
------------+Artículo 44 1.
------------+Artículo 44 2.
------------+Artículo 44 3.
---------+Artículo 45 Medición y gestión del riesgo
------------+Artículo 45 1.
------------+Artículo 45 2.
------------+Artículo 45 3.
------+SECCIÓN 4 Gestión de la liquidez
---------+Artículo 46 Sistema y procedimientos de gestión de la liquidez
---------+Artículo 47 Control y gestión del riesgo de liquidez
------------+Artículo 47 1.
------------+Artículo 47 2.
------------+Artículo 47 3.
------------+Artículo 47 4.
---------+Artículo 48 Límites para la gestión de la liquidez y pruebas de resistencia
------------+Artículo 48 1.
------------+Artículo 48 2.
------------+Artículo 48 3.
---------+Artículo 49 Concordancia entre la estrategia de inversión, el perfil de liquidez y la política de reembolso
------------+Artículo 49 1.
------------+Artículo 49 2.
------+SECCIÓN 5 Inversión en posiciones de titulización
---------+Artículo 50 Definiciones
---------+Artículo 51 Requisitos aplicables al interés retenido
------------+Artículo 51 1.
------------+Artículo 51 2.
---------+Artículo 52 Requisitos cualitativos aplicables a patrocinadores y entidades originadoras
---------+Artículo 53 Requisitos cualitativos aplicables a los GFIA expuestos a titulizaciones
------------+Artículo 53 1.
------------+Artículo 53 2.
------------+Artículo 53 3.
------------+Artículo 53 4.
------------+Artículo 53 5.
---------+Artículo 54 Medidas correctoras
------------+Artículo 54 1.
------------+Artículo 54 2.
---------+Artículo 55 Cláusula de anterioridad
---------+Artículo 56 Interpretación
------+SECCIÓN 6 Requisitos de organización-principios generales
---------+Artículo 57 Requisitos generales
------------+Artículo 57 1.
------------+Artículo 57 2.
------------+Artículo 57 3.
------------+Artículo 57 4.
------------+Artículo 57 5.
------------+Artículo 57 6.
---------+Artículo 58 Tratamiento electrónico de datos
------------+Artículo 58 1.
------------+Artículo 58 2.
---------+Artículo 59 Procedimientos contables
------------+Artículo 59 1.
------------+Artículo 59 2.
---------+Artículo 60 Control del órgano de gobierno, de los altos directivos y de la función supervisora
------------+Artículo 60 1.
------------+Artículo 60 2.
------------+Artículo 60 3.
------------+Artículo 60 4.
------------+Artículo 60 5.
------------+Artículo 60 6.
---------+Artículo 61 Función permanente de verificación del cumplimiento
------------+Artículo 61 1.
------------+Artículo 61 2.
------------+Artículo 61 3.
---------+Artículo 62 Función permanente de auditoría interna
------------+Artículo 62 1.
------------+Artículo 62 2.
---------+Artículo 63 Operaciones personales
------------+Artículo 63 1.
------------+Artículo 63 2.
------------+Artículo 63 3.
------------+Artículo 63 4.
---------+Artículo 64 Registro de las operaciones de cartera
------------+Artículo 64 1.
------------+Artículo 64 2.
------------+Artículo 64 3.
------------+Artículo 64 4.
---------+Artículo 65 Registro de las órdenes de suscripción y reembolso
------------+Artículo 65 1.
------------+Artículo 65 2.
---------+Artículo 66 Requisitos en materia de conservación de registros
------------+Artículo 66 1.
------------+Artículo 66 2.
------------+Artículo 66 3.
------+SECCIÓN 7 Valoración
---------+Artículo 67 Políticas y procedimientos de valoración de los activos del FIA
------------+Artículo 67 1.
------------+Artículo 67 2.
------------+Artículo 67 3.
------------+Artículo 67 4.
---------+Artículo 68 Utilización de modelos para la valoración de activos
------------+Artículo 68 1.
------------+Artículo 68 2.
------------+Artículo 68 3.
---------+Artículo 69 Aplicación uniforme de las políticas y procedimientos de valoración
------------+Artículo 69 1.
------------+Artículo 69 2.
------------+Artículo 69 3.
------------+Artículo 69 4.
---------+Artículo 70 revisión periódica de las políticas y procedimientos de valoración
------------+Artículo 70 1.
------------+Artículo 70 2.
------------+Artículo 70 3.
---------+Artículo 71 revisión del valor de un activo
------------+Artículo 71 1.
------------+Artículo 71 2.
------------+Artículo 71 3.
------------+Artículo 71 4.
---------+Artículo 72 Cálculo del valor liquidativo de cada participación
------------+Artículo 72 1.
------------+Artículo 72 2.
------------+Artículo 72 3.
------------+Artículo 72 4.
---------+Artículo 73 Garantías profesionales
------------+Artículo 73 1.
------------+Artículo 73 2.
------------+Artículo 73 3.
---------+Artículo 74 Frecuencia de valoración de los activos de FIA de tipo abierto
------------+Artículo 74 1.
------------+Artículo 74 2.
------+SECCIÓN 8 Delegación de las funciones del GFIA
---------+Artículo 75 Principios generales
---------+Artículo 76 Razones objetivas para la delegación
------------+Artículo 76 1.
------------+Artículo 76 2.
---------+Artículo 77 Características del delegado
------------+Artículo 77 1.
------------+Artículo 77 2.
------------+Artículo 77 3.
---------+Artículo 78 Delegación de la gestión de carteras o de la gestión del riesgo
------------+Artículo 78 1.
------------+Artículo 78 2.
------------+Artículo 78 3.
---------+Artículo 79 Supervisión efectiva
---------+Artículo 80 Conflictos de intereses
------------+Artículo 80 1.
------------+Artículo 80 2.
------------+Artículo 80 3.
---------+Artículo 81 Consentimiento y notificación relativos a la subdelegación
------------+Artículo 81 1.
------------+Artículo 81 2.
---------+Artículo 82 Entidades ficticias y GFIA que no pueden ya considerarse gestores de un FIA
------------+Artículo 82 1.
------------+Artículo 82 2.
------------+Artículo 82 3.
---+CAPÍTULO IV DEPOSITARIO
------+SECCIÓN 1 Estipulaciones del contrato escrito
---------+Artículo 83 Estipulaciones del contrato
------------+Artículo 83 1.
------------+Artículo 83 2.
------------+Artículo 83 3.
------------+Artículo 83 4.
------------+Artículo 83 5.
------------+Artículo 83 6.
------+SECCIÓN 2 Criterios generales para evaluar la regulación y supervisión prudenciales de los depositarios en terceros países
---------+Artículo 84 Criterios para evaluar la regulación y supervisión prudenciales de los depositarios en terceros países
------+SECCIÓN 3 Funciones del depositario, obligaciones de diligencia debida y obligación de separación
---------+Artículo 85 Control del efectivo: requisitos generales
------------+Artículo 85 1.
------------+Artículo 85 2.
---------+Artículo 86 Control de los flujos de tesorería del FIA
---------+Artículo 87 Obligaciones relativas a las suscripciones
---------+Artículo 88 Instrumentos financieros que se mantendrán en custodia
------------+Artículo 88 1.
------------+Artículo 88 2.
------------+Artículo 88 3.
---------+Artículo 89 Obligaciones con respecto a los activos mantenidos en custodia
------------+Artículo 89 1.
------------+Artículo 89 2.
------------+Artículo 89 3.
---------+Artículo 90 Obligaciones de verificación de la propiedad y llevanza de registros
------------+Artículo 90 1.
------------+Artículo 90 2.
------------+Artículo 90 3.
------------+Artículo 90 4.
------------+Artículo 90 5.
---------+Artículo 91 Obligaciones de información de los intermediarios principales
------------+Artículo 91 1.
------------+Artículo 91 2.
------------+Artículo 91 3.
---------+Artículo 92 Obligaciones de vigilancia: requisitos generales
------------+Artículo 92 1.
------------+Artículo 92 2.
------------+Artículo 92 3.
------------+Artículo 92 4.
---------+Artículo 93 Obligaciones relativas a la suscripción y el reembolso
---------+Artículo 94 Obligaciones relativas a la valoración de las participaciones
------------+Artículo 94 1.
------------+Artículo 94 2.
------------+Artículo 94 3.
------------+Artículo 94 4.
---------+Artículo 95 Obligaciones relativas a la ejecución de las instrucciones del GFIA
---------+Artículo 96 Obligaciones relativas a la liquidación puntual de las operaciones
------------+Artículo 96 1.
------------+Artículo 96 2.
---------+Artículo 97 Obligaciones relativas a la distribución de ingresos del FIA
------------+Artículo 97 1.
------------+Artículo 97 2.
---------+Artículo 98 Diligencia debida
------------+Artículo 98 1.
------------+Artículo 98 2.
------------+Article 98 2a.
------------+Artículo 98 3.
------------+Artículo 98 4.
------------+Artículo 98 5.
------------+Artículo 98 6.
------------+Artículo 98 7.
---------+Artículo 99 Obligación de separación
------------+Artículo 99 1.
------------+Artículo 99 2.
------------+Article 99 2a.
------------+Artículo 99 3.
------+SECCIÓN 4 Pérdida de instrumentos financieros, exención de responsabilidad y razones objetivas
---------+Artículo 100 Pérdida de un instrumento financiero en custodia
------------+Artículo 100 1.
------------+Artículo 100 2.
------------+Artículo 100 3.
------------+Artículo 100 4.
------------+Artículo 100 5.
---------+Artículo 101 Exención de responsabilidad en virtud del artículo 21, apartado 12, de la Directiva 2011/61/UE
------------+Artículo 101 1.
------------+Artículo 101 2.
------------+Artículo 101 3.
------------+Artículo 101 4.
---------+Artículo 102 Razones objetivas para la exención contractual de responsabilidad del depositario
------------+Artículo 102 1.
------------+Artículo 102 2.
------------+Artículo 102 3.
---+CAPÍTULO V REQUISITOS DE TRANSPARENCIA, APALANCAMIENTO, NORMAS RELATIVAS A TERCEROS PAÍSES E INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN SOBRE LAS POSIBLES CONSECUENCIAS DE LA ACTIVIDAD DE LOS GFIA
------+SECCIÓN 1 Informe anual, información a los inversores y a las autoridades competentes
---------+Artículo 103 Principios generales aplicables al informe anual
---------+Artículo 104 Contenido y formato del balance o estado de patrimonio y de la cuenta de ingresos y gastos
------------+Artículo 104 1.
------------+Artículo 104 2.
------------+Artículo 104 3.
------------+Artículo 104 4.
------------+Artículo 104 5.
------------+Artículo 104 6.
------------+Artículo 104 7.
---------+Artículo 105 Informe sobre las actividades del ejercicio
------------+Artículo 105 1.
------------+Artículo 105 2.
------------+Artículo 105 3.
------------+Artículo 105 4.
---------+Artículo 106 Cambios significativos
------------+Artículo 106 1.
------------+Artículo 106 2.
------------+Artículo 106 3.
------------+Artículo 106 4.
---------+Artículo 107 Información sobre las remuneraciones
------------+Artículo 107 1.
------------+Artículo 107 2.
------------+Artículo 107 3.
------------+Artículo 107 4.
---------+Artículo 108 Información periódica a los inversores
------------+Artículo 108 1.
------------+Artículo 108 2.
------------+Artículo 108 3.
------------+Artículo 108 4.
------------+Artículo 108 5.
---------+Artículo 109 Información que se comunicará con regularidad a los inversores
------------+Artículo 109 1.
------------+Artículo 109 2.
------------+Artículo 109 3.
---------+Artículo 110 Información a las autoridades competentes
------------+Artículo 110 1.
------------+Artículo 110 2.
------------+Artículo 110 3.
------------+Artículo 110 4.
------------+Artículo 110 5.
------------+Artículo 110 6.
------------+Artículo 110 7.
---------+Artículo 111 Recurso al apalancamiento «de forma sustancial»
------------+Artículo 111 1.
------------+Artículo 111 2.
------+SECCIÓN 2 GFIA que gestionen FIA apalancados
---------+Artículo 112 Restricciones aplicables a la gestión de FIA
------------+Artículo 112 1.
------------+Artículo 112 2.
------------+Artículo 112 3.
------+SECCIÓN 3 Normas específicas en relación con terceros países
---------+Artículo 113 Requisitos generales
------------+Artículo 113 1.
------------+Artículo 113 2.
------------+Artículo 113 3.
------------+Artículo 113 4.
---------+Artículo 114 Mecanismos, instrumentos y procedimientos
------------+Artículo 114 1.
------------+Artículo 114 2.
------------+Artículo 114 3.
---------+Artículo 115 Protección de datos
------+SECCIÓN 4 Intercambio de información referente a las posibles consecuencias sistémicas de la actividad de los GFIA
---------+Artículo 116 Intercambio de información referente a las posibles consecuencias sistémicas de la actividad de los GFIA
---+CAPÍTULO VI DISPOSICIONES FINALES
------+Artículo 117 Entrada en vigor
---+ANEXO I
---+ANEXO II
---+ANEXO III
---+ANEXO IV
English - European Union - Financial Industry -

REGLAMENTO DELEGADO (UE) N o 231/2013 DE LA COMISIÓN de 19 de diciembre de 2012 por el que se complementa la Directiva 2011/61/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo referente a las exenciones, las condiciones generales de ejercicio de la actividad, los depositarios, el apalancamiento, la transparencia y la supervisión (Texto pertinente a efectos del EEE)

REGLAMENTO DELEGADO (UE) N o 231/2013 DE LA COMISIÓN

de 19 de diciembre de 2012

por el que se complementa la Directiva 2011/61/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo referente a las exenciones, las condiciones generales de ejercicio de la actividad, los depositarios, el apalancamiento, la transparencia y la supervisión

(Texto pertinente a efectos del EEE)

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

1. Resumen

,
Título Regulación
CAPÍTULO I DEFINICIONES CAPÍTULO I DEFINICIONES
CAPÍTULO II DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO II DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO III CONDICIONES DE EJERCICIO DE LA ACTIVIDAD DE LOS GFIA CAPÍTULO III CONDICIONES DE EJERCICIO DE LA ACTIVIDAD DE LOS GFIA
CAPÍTULO IV DEPOSITARIO CAPÍTULO IV DEPOSITARIO
CAPÍTULO V REQUISITOS DE TRANSPARENCIA, APALANCAMIENTO, NORMAS RELATIVAS A TERCEROS PAÍSES E INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN SOBRE LAS POSIBLES CONSECUENCIAS DE LA ACTIVIDAD DE LOS GFIA CAPÍTULO V REQUISITOS DE TRANSPARENCIA, APALANCAMIENTO, NORMAS RELATIVAS A TERCEROS PAÍSES E INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN SOBRE LAS POSIBLES CONSECUENCIAS DE LA ACTIVIDAD DE LOS GFIA
CAPÍTULO VI DISPOSICIONES FINALES CAPÍTULO VI DISPOSICIONES FINALES
ANEXO I




ANEXO I

Métodos para incrementar la exposición de un FIA

1. Toma en préstamo de efectivo sin garantía: cuando los préstamos de efectivo se invierten tienden a incrementar la exposición del FIA por el importe total del préstamo. Por tanto, la exposición mínima es siempre el importe de dicho préstamo. Puede ser más elevada si el valor de la inversión efectuada con el préstamo es mayor que el importe de este. A fin de evitar una doble contabilización, los préstamos de efectivo que se utilicen para financiar la exposición no se incluirán en el cálculo. Si los préstamos de efectivo no se invierten, sino que se mantienen en efectivo o equivalentes de efectivo, según lo especificado en el artículo 7, letra a), no incrementarán la exposición del FIA.

2. Toma en préstamo de efectivo con garantía: los préstamos de efectivo con garantía son similares a los préstamos de efectivo sin garantía, pero el préstamo puede estar garantizado por un conjunto de activos o por un único activo. Si los préstamos de efectivo no se invierten, sino que se mantienen en efectivo o equivalentes de efectivo, según lo especificado en el artículo 7, letra a), no incrementarán la exposición del FIA.

3. Deuda convertible: la deuda convertible es deuda adquirida que, en determinadas circunstancias, puede ser convertida por el tenedor o emisor en otro activo. La exposición del FIA es el valor de mercado de esos préstamos.

4. Permutas de tipos de interés: una permuta de tipos de interés es un acuerdo para el intercambio de flujos de efectivo basados en tipos de interés, calculados sobre un importe de principal nocional, a intervalos específicos (fechas de abono) durante la vigencia del acuerdo. Las obligaciones de pago de cada una de las partes se calculan aplicando un tipo de interés diferente basado en las exposiciones nocionales.

5. Contratos por diferencias: un contrato por diferencias (CFD) es un acuerdo entre dos partes —el inversor y el proveedor del CFD— por el que se pacta abonar a la otra parte la variación en el precio de un activo subyacente. En función de en qué dirección varía el precio, una parte abona a la otra la diferencia desde la fecha en que se acordó el contrato hasta la fecha en que vence. La exposición es el valor de mercado del activo subyacente. Igual tratamiento debe aplicarse en el caso de las apuestas financieras por diferencias (spread bets).

6. Contratos de futuros: un contrato de futuros es un acuerdo para comprar o vender un determinado importe de un valor, una divisa, una materia prima, un índice u otro activo en una determinada fecha futura y a un precio previamente pactado. La exposición es el valor de mercado del activo subyacente equivalente.

7. Permuta de rendimiento total: una permuta de rendimiento total es un acuerdo en el que una parte (pagador del rendimiento total) cede los resultados económicos totales de una obligación de referencia a la otra parte (destinatario del rendimiento total). Los resultados económicos totales incluyen los ingresos por intereses y comisiones, pérdidas o ganancias derivadas de los movimientos del mercado, y pérdidas crediticias. La exposición del FIA es el valor de mercado de los activos de referencia equivalentes que afecten a los resultados económicos de la permuta.

8. Contratos a plazo: un contrato a plazo es un acuerdo bilateral no normalizado por el que se pacta intercambiar un activo o flujos de efectivo en una fecha específica futura de liquidación a un precio pactado en la fecha de negociación. Una de las partes en el contrato es el comprador (posición larga), que acuerda pagar el precio pactado en la fecha de liquidación; la otra parte es el vendedor (posición corta), que acuerda recibir el precio pactado. Habitualmente, la celebración de un contrato a plazo no exige el pago de comisión. La exposición del FIA es el valor de mercado del activo subyacente equivalente. Este valor puede sustituirse por el valor nocional del contrato, cuando este sea inferior.

9. Opciones: una opción es un acuerdo por el que el comprador, que abona una comisión (prima), adquiere el derecho —pero no la obligación— de adquirir o vender un determinado importe de un activo subyacente a un precio acordado (precio de ejercicio) en la fecha de expiración del contrato o hasta dicha fecha. Las opciones pueden ser de compra y de venta. Los límites de la exposición del fondo serán, de un lado, una exposición potencial ilimitada, y, de otro, una exposición limitada al más elevado de los siguientes valores: el valor de la prima abonada o el valor de mercado de la opción. La exposición entre estos dos límites se calculará como el equivalente de la posición subyacente ajustado por la delta (la delta de una opción mide la sensibilidad del precio de una opción solo a una variación del precio del activo subyacente). Este mismo tratamiento debe aplicarse a los derivados implícitos, por ejemplo, en productos estructurados. La estructura debe desglosarse en sus distintos componentes y debe reflejarse adecuadamente el efecto de los diferentes niveles de exposición a derivados.

10. Pactos de recompra: existe pacto de recompra normalmente cuando un FIA «vende» valores a una contraparte (que suscribe un pacto de recompra inversa) y acuerda recomprarlos en el futuro a un precio acordado. El FIA incurrirá en costes financieros en esta operación y, por tanto, necesitará reinvertir el efectivo ingresado (en realidad, una garantía en efectivo) a fin de generar un rendimiento mayor que esos costes financieros. Esta reinversión de la «garantía en efectivo» implica que el FIA soportará un riesgo de mercado incremental y, por consiguiente, debe tenerse en cuenta en el cálculo de la exposición global. Los riesgos y beneficios económicos derivados de los valores «vendidos» los asume el FIA. Un pacto de recompra dará lugar casi siempre a apalancamiento, pues la garantía en efectivo se reinvertirá. Si, dentro de la operación, se recibe garantía distinta del efectivo y esta se reutiliza dentro de otro pacto de recompra, o acuerdo de préstamo de valores, en el importe de la exposición global debe incluirse el valor total de mercado de la garantía. La exposición del FIA se verá incrementada por la parte reinvertida de la garantía en efectivo.

11. Pactos de recompra inversa: existe pacto de recompra inversa cuando un FIA «adquiere» valores a una contraparte (que suscribe un pacto de recompra) y acuerda revenderlos en el futuro a un precio acordado. Los FIA realizan normalmente estas operaciones para generar un rendimiento de tipo mercado monetario de bajo riesgo, y los valores «adquiridos» actúan de garantía. En consecuencia, no se genera ninguna exposición global y el FIA tampoco asume los riesgos y beneficios derivados de los valores «adquiridos», esto es, no hay riesgo de mercado incremental. No obstante, los valores «adquiridos» pueden reutilizarse dentro de un pacto de recompra o una operación de préstamo de valores, según lo mencionado más arriba, y, en tal caso, en el importe de la exposición global debe incluirse el valor total de mercado de los valores. Los riesgos y beneficios económicos derivados de los valores adquiridos los asume la contraparte y, por tanto, no incrementan la exposición del FIA.

12. Contratos de préstamo de valores: un FIA que realice una operación de préstamo de valores prestará un valor a una contraparte (que, normalmente, tomará en préstamo el valor para cubrir una operación de venta en corto real) a cambio de una comisión acordada. El prestatario del valor entregará al FIA una garantía en efectivo o distinta del efectivo. Solo si la garantía en efectivo se reinvierte en instrumentos que no sean los definidos en el artículo 7, letra a), se generará una exposición global. Si la garantía distinta del efectivo se reutiliza dentro de un pacto de recompra u otra operación de préstamo de valores, en el importe de la exposición global se incluirá el valor total de mercado de los valores, según lo mencionado más arriba. Se generará exposición en la medida en que la garantía en efectivo se haya reinvertido.

13. Contratos de toma en préstamo de valores: un FIA que realice una operación de toma en préstamo de valores tomará en préstamo un valor de una contraparte a cambio de una comisión acordada. Posteriormente, el FIA venderá el valor en el mercado, pasando a mantener una posición corta en dicho valor. Si el efectivo ingresado por la venta se reinvierte, ello incrementará también la exposición del FIA. La exposición será el valor de mercado de los valores con respecto a los cuales se mantenga una posición corta; se generará exposición adicional en la medida en que el efectivo recibido se reinvierta.

14. Permutas de cobertura por impago: una permuta de cobertura por impago (CDS) es un contrato de derivado de crédito que otorga protección al comprador, generalmente el pleno reembolso, en caso de que la entidad de referencia incurra en impago o en un evento de crédito. A cambio, el vendedor de la CDS recibe del comprador un pago periódico, esto es, una prima. En lo que atañe al vendedor de la protección, la exposición será igual al más elevado de los siguientes valores: el valor de mercado de los activos de referencia subyacentes o el valor nocional de la permuta de cobertura por impago. En lo que atañe al comprador de protección, la exposición será el valor de mercado del activo de referencia subyacente.

ANEXO II




ANEXO II

Métodos de conversión aplicables a los instrumentos derivados

1. Los métodos de conversión que, a continuación, se indican se aplicarán a los derivados normalizados que figuran en la siguiente lista no exhaustiva:

a) 

Futuros

—

Futuros sobre bonos : número de contratos * volumen nocional del contrato * precio de mercado del bono de referencia más barato de entregar

—

Futuros sobre tipos de interés : número de contratos * volumen nocional del contrato

—

Futuros sobre divisas : número de contratos * volumen nocional del contrato

—

Futuros sobre acciones : número de contratos * volumen nocional del contrato * precio de mercado de la acción subyacente

—

Futuros sobre índices : número de contratos * volumen nocional del contrato * nivel del índice

b) 

Opciones «vainilla» o básicas (opciones de venta y de compra compradas/vendidas)

—

Opción «vainilla» sobre bonos : valor nocional del contrato * valor de mercado del bono de referencia subyacente * delta

—

Opción «vainilla» sobre acciones : número de contratos * volumen nocional del contrato * valor de mercado de la acción subyacente * delta

—

Opción «vainilla» sobre tipos de interés : Valor nocional del contrato * delta

—

Opción «vainilla» sobre divisas : valor nocional del contrato correspondiente al componente o componentes de divisas * delta

—

Opción «vainilla» sobre índices : número de contratos * volumen nocional del contrato * nivel del índice * delta

—

Opciones «vainilla» sobre futuros : número de contratos * volumen nocional del contrato * valor de mercado del activo subyacente * delta

—

Opciones «vainilla» sobre permutas financieras : importe de conversión a la permuta de referencia según el método del compromiso * delta

—

Certificados de opción de compra (warrants) y derechos : número de acciones/bonos * valor de mercado del instrumento de referencia subyacente * delta

c) 

Permutas financieras

—

Permutas «vainilla» de tipos de interés fijo/flotante y de tasa de inflación : valor nocional del contrato

—

Permutas de divisas : valor nocional del componente o componentes de divisas * delta

—

Permutas de tipos de interés entre divisas : valor nocional del componente o componentes de divisas

—

Permutas básicas de rendimiento total : valor de mercado subyacente del activo o activos de referencia

—

Permutas de rendimiento total no básicas : valor de mercado subyacente acumulado de los dos componentes de la permuta de rendimiento total

—

Permuta de cobertura por impago uninominal: :

Vendedor de protección : el valor de mercado del activo de referencia subyacente o el valor nocional de la permuta de cobertura por impago, cuando este último sea más elevado.

Comprador de protección : el valor de mercado del activo de referencia subyacente

—

Contrato por diferencias : número de acciones/bonos * valor de mercado del instrumento de referencia subyacente

d) 

Contratos a plazo

—

Contrato a plazo sobre divisas : valor nocional del componente o componentes de divisas

—

Contrato a plazo de tipos de interés : valor nocional

e) 

Exposición apalancada a índices con apalancamiento implícito

En el caso de un derivado que aporte exposición apalancada a un índice subyacente, o de índices con exposición apalancada implícita en su composición, deberá aplicarse a los pertinentes activos el método del compromiso estándar aplicable.

2. Los métodos de conversión que, a continuación, se indican se aplicarán a los instrumentos financieros con derivados implícitos que figuran en la siguiente lista no exhaustiva:

—

Bonos convertibles : número de acciones de referencia * valor de mercado de las acciones de referencia subyacentes * delta

—

Bonos vinculados a crédito : valor de mercado del activo o activos de referencia subyacentes

—

Valores parcialmente abonados : número de acciones/bonos * valor de mercado de los instrumentos de referencia subyacentes

—

Certificados de opción de compra (warrants) y derechos : número de acciones/bonos * valor de mercado del instrumento de referencia subyacente * delta

3. Lista de ejemplos de derivados no normalizados con el correspondiente método del compromiso utilizado:

— 
Permutas de varianza: las permutas de varianza son contratos que permiten a los inversores obtener exposición a la varianza (volatilidad al cuadrado) de un activo subyacente y, en particular, intercambiar la volatilidad realizada futura (o histórica) por la volatilidad implícita corriente. De acuerdo con la práctica del mercado, el precio de ejercicio y el nocional de la varianza se expresan en términos de volatilidad. Esto es, en el caso del nocional de la varianza:

image

El nocional de vega ofrece una medida teórica de las pérdidas o ganancias resultantes de una variación del 1 % en la volatilidad.
La volatilidad realizada no puede ser inferior a cero, por lo que una posición larga en una permuta tiene una pérdida máxima conocida. La pérdida máxima en una posición corta en una permuta está, a menudo, limitada por la inclusión de un techo de volatilidad. Sin embargo, careciendo de techo, las pérdidas potenciales de una posición corta en una permuta son ilimitadas.
El método de conversión que debe utilizarse para un determinado contrato en un momento dado t es el siguiente:
Nocional de la varianza * varianzat (corriente) (sin techo de volatilidad)
Nocional de la varianza * min [varianzat (corriente) techo de volatilidad2] (con techo de volatilidad)
donde: la varianzat (corriente) es función de la volatilidad al cuadrado realizada e implícita, más exactamente:

image

— 
Permutas de volatilidad
Por analogía con las permutas de varianza, a las permutas de volatilidad deben aplicársele las siguientes fórmulas de conversión:
— 
Nocional de vega * volatilidadt (corriente) (sin techo de volatilidad)
— 
Nocional de vega * min [volatilidadt (corriente); techo de volatilidad] (con techo de volatilidad)
donde la volatilidadt (corriente) es función de la volatilidad realizada e implícita.

4. Opciones con barrera [activación-desactivación (knock-in/knock-out)]

Número de contratos * volumen nocional del contrato * valor de mercado de la acción subyacente * delta

ANEXO III




ANEXO III

Normas de compensación de la duración

1. Un derivado sobre tipos de interés se convertirá a la posición equivalente en su activo subyacente de acuerdo con el siguiente método:

La posición equivalente en el activo subyacente de cada instrumento derivado sobre tipos de interés será igual a su duración dividida por la duración objetivo del FIA y multiplicada por la posición en el activo subyacente equivalente:

image

donde:

— 
duración IFD representa la duración (sensibilidad del valor de mercado del instrumento financiero derivado a los movimientos de los tipos de interés) del instrumento derivado sobre tipos de interés,
— 
duración objetivo es coherente con la estrategia de inversión, las posiciones direccionales y el nivel de riesgo previsto en todo momento, y, de no ser así, se adaptará; asimismo, es coherente con la duración de la cartera en condiciones normales de mercado,
— 
VCderivado es el valor de conversión de la posición en el derivado calculado de acuerdo con el anexo II.

2. Las posiciones equivalentes en el activo subyacente calculadas con arreglo al apartado 1 se compensarán del siguiente modo:

a) 

Cada instrumento derivado sobre tipos de interés se asignará a la pertinente banda de vencimientos de la siguiente escala:

Bandas de vencimientos

1. 

0 - 2 años

2. 

2 - 7 años

3. 

7 - 15 años

4. 

> 15 años

b) 

Las posiciones equivalentes largas y cortas en el activo subyacente se compensarán dentro de cada banda de vencimientos. El importe de las posiciones largas compensado con las posiciones cortas será el importe compensado para esa banda de vencimientos.

c) 

Comenzando por la banda de vencimientos más corta, los importes compensados entre dos bandas de vencimientos contiguas se calcularán compensando el importe de la posición larga (o corta) restante no compensado en la banda de vencimientos (i) con el importe de la posición corta (o larga) restante no compensado en la banda de vencimientos (i + 1).

d) 

Comenzando por la banda de vencimientos más corta, los importes compensados entre dos bandas de vencimientos alejadas separadas por otra se calcularán compensando el importe de la posición larga (o corta) restante no compensado en la banda de vencimientos (i) con el importe de la posición corta (o larga) restante no compensado en la banda de vencimientos (i + 2).

e) 

Se calculará el importe compensado entre las posiciones largas y cortas restantes no compensadas de las dos bandas de vencimientos más alejadas.

3. El FIA calculará sus exposiciones como la suma de los valores absolutos:

— 
0 % del importe compensado de cada banda de vencimientos,
— 
40 % de los importes compensados entre dos bandas de vencimientos contiguas, (i) y (i + 1),
— 
75 % de los importes compensados entre dos bandas de vencimientos alejadas separadas por otra banda, esto es, bandas de vencimientos (i) y (i + 2),
— 
100 % de los importes compensados entre las dos bandas de vencimientos más alejadas, y
— 
100 % de las restantes posiciones no compensadas.
ANEXO IV




ANEXO IV

Modelos de Informe: GFIA

[Artículo 3, apartado 3, letra d) y artículo 24 de la Directiva 2011/61/UE]



GFIA — información específica que debe facilitarse

[Artículo 3, apartado 3, letra d) y artículo 24, apartado 1, de la Directiva 2011/61/UE]

 

 

Instrumento/Mercado más importante

Segundo instrumento/mercado más importante

Tercer instrumento/mercado más importante

Cuarto instrumento/mercado más importante

Quinto instrumento/mercado más importante

1

Principales mercados en los que opera por cuenta de los FIA que gestiona

 

 

 

 

 

2

Principales instrumentos que negocia por cuenta de los FIA que gestiona

 

 

 

 

 

3

Valores de los activos que gestiona para todos los FIA gestionados, calculados conforme al artículo 2

En la moneda de base (si es la misma para todos los FIA)

En EUR

 

Indíquense el nombre oficial, el país y lugar de radicación de los mercados



Lista detallada de todos los FIA que el GFIA gestiona

se facilitará al final de cada trimestre cuando así se solicite

(Artículo 24, apartado 3, de la Directiva 2011/61/UE)

Nombre del FIA

Código de identificación del fondo

Fecha de inicio

Tipo de FIA

[Fondo de inversión libre, de capital inversión, inmobiliario, fondo de fondos, otros fondos (*1)]

Patrimonio neto

FIA de la UE: Sí/No

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

(*1)   

En el caso de otros fondos, indíquese la estrategia que mejor describa el tipo de FIA.

Los valores monetarios se expresarán en la moneda de base del FIA.

Modelos de Informe: FIA

[Artículos 3, apartado 3, letra d) y 24 de la Directiva 2011/61/UE]



FIA – información específica que debe facilitarse

[Artículo 3, apartado 3, letra d) y artículo 24, apartado 1, de la Directiva 2011/61/UE]

Tipo de datos

Datos comunicados

Datos identificativos del FIA

1

Nombre del FIA

 

FIA de la UE: sí/no

2

Gestor del fondo

(Denominación legal y código estándar, en su caso)

 

GFIA de la UE: sí/no

3

Códigos de identificación del fondo,

si procede

 

 

4

Fecha de inicio del FIA

 

 

5

Domicilio del FIA

 

 

6

Datos identificativos del intermediario o intermediarios principales del FIA

(Denominación legal y código estándar, en su caso)

 

 

7

Moneda de base del FIA según la ISO 4217 y activos gestionados calculados conforme al artículo 2

Moneda

Total activos gestionados

8

Países de procedencia de las tres fuentes principales de financiación (excluidas las participaciones del FIA adquiridas por inversores)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

9

Tipo de FIA predominante (selecciónese uno)

Fondo de inversión libre

Fondo de capital inversión

Fondo inmobiliario

Fondo de fondos

Otros fondos

Ninguno

 

10

Desglose de las estrategias de inversión

(Facilítese un desglose de las estrategias de inversión del FIA en función del tipo de FIA predominante indicad. Véanse las notas explicativas para mayor información sobre cómo responder a este punto.)

 

 

Indíquese la estrategia que mejor describa la estrategia del FIA

Participación en el patrimonio neto

(%)

a)  Estrategias de fondo de inversión libre

(Se cumplimentará este punto si se ha indicado «fondo de inversión libre» en el tipo de FIA predominante)

 

Indíquense las estrategias de fondo de inversión libre que mejor describan las estrategias del FIA

Acciones: sesgo largo

Acciones: selección de títulos (Long/Short)

Acciones: neutralidad de mercado

Acciones: sesgo corto

Valor relativo: arbitraje de renta fija

Valor relativo: arbitraje de bonos convertibles

Valor relativo: arbitraje de la volatilidad

Eventos corporativos (Event Driven): dificultades/reestructuración

Eventos corporativos: arbitraje de riesgos/arbitraje de fusión

Eventos corporativos: acciones en situaciones especiales

Crédito: selección de títulos (Long/Short)

Crédito: préstamos basados en activos (Asset Based Lending)

Macro

Futuros gestionados/CTA: Análisis fundamental

Futuros gestionados/CTA: Análisis cuantitativo

Fondo de inversión libre de estrategia múltiple

Otras estrategias de fondos de inversión libre

 

 

b)  Estrategias de capital inversión

(Se cumplimentará este punto si se ha indicado «fondo de inversión libre» en el tipo de FIA predominante)

 

Indíquense las estrategias de capital inversión que mejor describan las estrategias del FIA

Capital riesgo

Capital de crecimiento

Capital mezzanine

Fondo de capital inversión de estrategia múltiple

Otras estrategias de fondos de capital inversión

 

 

c)  Estrategias inmobiliarias

(Se cumplimentará este punto si se ha indicado «fondo de inversión libre» en el tipo de FIA predominante)

 

Indíquense las estrategias de inversión inmobiliaria que mejor describan las estrategias del FIA

Inmuebles residenciales

Inmuebles comerciales

Inmuebles de uso industrial

Fondo inmobiliario de estrategia múltiple

Otras estrategias de inversión inmobiliaria

 

 

d)  Estrategias de fondo de fondos

(Se cumplimentará este punto si se ha indicado «fondo de inversión libre» en el tipo de FIA predominante)

 

Indíquense las estrategias de «fondo de fondos»que mejor describan las estrategias del FIA

Fondo de fondos de inversión libre

Fondo de capital inversión

Otros fondos de fondos

 

 

e)  Otras estrategias

(Se cumplimentará este punto si se ha indicado «fondo de inversión libre» en el tipo de FIA predominante)

 

Indíquense las estrategias de «otros fondos» que mejor describan las estrategias del FIA

Fondo de materias primas

Fondo de renta variable

Fondo de renta fija

Fondo de infraestructuras

Otros fondos

 

 

Principales exposiciones y concentraciones más importantes

11

Principales instrumentos en los que negocia el FIA

 

 

 

 

Tipo de instrumento/código del instrumento

Valor (calculado conforme al artículo 3 de la Directiva sobre los GFIA)

Posición larga/corta

 

Instrumento más importante

 

 

 

 

2o instrumento más importante

 

 

 

 

3er instrumento más importante

 

 

 

 

4o instrumento más importante

 

 

 

 

5o instrumento más importante

 

 

 

12

Ámbito geográfico de acción

 

 

 

Facilítese un desglose geográfico de las inversiones que mantenga el FIA por porcentaje del patrimonio neto total del FIA

% valor liquidativo

 

 

África

 

 

 

Asia y Pacífico (salvo Oriente Medio)

 

 

 

Europa (EEE)

 

 

 

Europa (salvo EEE)

 

 

 

Oriente Medio

 

 

 

América del Norte

 

 

 

América del Sur

 

 

 

Supranacional/regiones múltiples

 

 

13

Las 10 exposiciones principales del FIA en la fecha del informe (de más valor en términos absolutos):

 

 

Tipo de activo/pasivo

Nombre/descripción del activo/pasivo

Valor (calculado conforme al artículo 3)

% del valor bruto de mercado

Posición larga/corta

Contraparte (en su caso)

 

1o

 

 

 

 

 

 

 

2o

 

 

 

 

 

 

 

3o

 

 

 

 

 

 

 

4o

 

 

 

 

 

 

 

5o

 

 

 

 

 

 

 

6o

 

 

 

 

 

 

 

7o

 

 

 

 

 

 

 

8o

 

 

 

 

 

 

 

9o

 

 

 

 

 

 

 

10o

 

 

 

 

 

 

14

Las 5 concentraciones de cartera más importantes:

 

 

Tipo de activo/pasivo

Nombre/descripción del mercado

Valor de la exposición agregada (calculado conforme al artículo 3)

% del valor bruto de mercado

Posición larga/corta

Contraparte (en su caso)

 

1a

 

 

 

 

 

 

 

2a

 

 

 

 

 

 

 

3a

 

 

 

 

 

 

 

4a

 

 

 

 

 

 

 

5a

 

 

 

 

 

 

15

Volumen típico de la negociación/posición

(Se cumplimentará este punto si se ha indicado «fondo de inversión libre» en el tipo de FIA predominante)

[Selecciónese uno]

Muy pequeño

Pequeño

Mercado medio bajo

Mercado medio alto

Elevada cap.

Megacap.

 

16

Mercados principales en los que opera el FIA

 

 

 

Indíquese el nombre y distintivo (por ejemplo, código MIC), en su caso, del mercado de mayor exposición.

 

 

 

Indíquese el nombre y distintivo (por ejemplo, código MIC), en su caso, del segundo mercado de mayor exposición.

 

 

 

Indíquese el nombre y distintivo (por ejemplo, código MIC), en su caso, del tercer mercado de mayor exposición.

 

 

17

Concentración de inversores

 

 

 

Especifíquese el porcentaje aproximado del capital del FIA que está en manos de los cinco propietarios efectivos que poseen la mayor participación en el capital del FIA (en porcentaje de participaciones vivas del FIA; indíquense los propietarios efectivos, si se conocen o es factible)

 

 

 

Desglose de la concentración de inversores por categoría de inversor (se hará una estimación si no se dispone de información exacta):

%

 

 

— Clientes profesionales [según lo definido en la Directiva 2004/39/CE (MiFID)]:

— Inversores minoristas:

 

 

Los valores monetarios se expresarán en la moneda de base del FIA.



FIA — información específica que debe facilitarse a las autoridades competentes

(Artículo 24, apartado 2, de la Directiva 2011/61/UE)

 

Tipo de datos

Datos comunicados

Datos identificativos del FIA

1

Nombre del FIA

 

FIA de la UE: sí/no

2

Gestor del fondo

 

GFIA de la UE: sí/no

1

Nombre del FIA

 

 

 

2

Gestor del fondo

 

 

 

3

Códigos de identificación del fondo, si procede

 

 

 

4

Fecha de inicio del FIA

 

 

 

5

Moneda de base del FIA según la ISO 4217 y activos gestionados calculados conforme al artículo 2

Moneda

Total activos gestionados

6

Datos identificativos del intermediario o intermediarios principales del FIA

 

 

 

7

Países de procedencia de las tres fuentes de financiación principales

 

 

 

Instrumentos negociados y exposiciones individuales

8

Exposiciones individuales de negociación del FIA y categorías principales de activos en las que tiene inversiones en la fecha del informe:

 

a)  Valores

 

Valor posiciones largas

Valor posiciones cortas

 

Efectivo y equivalentes de efectivo

 

 

 

De los cuales:

Certificados de depósito

 

 

 

 

Efectos comerciales

 

 

 

 

Otros depósitos

 

 

 

 

Otro efectivo y equivalentes de efectivo (excluidos los valores del Estado)

 

 

 

Acciones cotizadas

 

 

 

De las cuales:

Emitidas por entidades financieras

 

 

 

 

Otras acciones cotizadas

 

 

 

Acciones no cotizadas

 

 

 

Bonos de empresa no emitidos por entidades financieras

 

 

 

De los cuales:

Grado de inversión

 

 

 

 

Grado especulativo

 

 

 

Bonos de empresa emitidos por entidades financieras

 

 

 

De los cuales:

Grado de inversión

 

 

 

 

Grado especulativo

 

 

 

Bonos soberanos

 

 

 

De los cuales:

Bonos UE con plazo restante hasta el vencimiento de 0-1 año

 

 

 

 

Bonos UE con plazo restante hasta el vencimiento de 1 + años

 

 

 

 

Bonos no G10 con plazo restante hasta el vencimiento de 0-1 año

 

 

 

 

Bonos no G10 con plazo restante hasta el vencimiento de 1 + años

 

 

 

Bonos convertibles no emitidos por entidades financieras

 

 

 

De los cuales:

Grado de inversión

 

 

 

 

Grado especulativo

 

 

 

Bonos convertibles emitidos por entidades financieras

 

 

 

De los cuales:

Grado de inversión

 

 

 

 

Grado especulativo

 

 

 

Préstamos

 

 

 

De los cuales:

Préstamos apalancados

 

 

 

 

Otros préstamos

 

 

 

Productos estructurados/titulizados

 

 

 

De los cuales:

Valores respaldados por activos (ABS)

 

 

 

 

Valores respaldados por inmuebles residenciales (RMBS)

 

 

 

 

Valores respaldados por inmuebles comerciales (CMBS)

 

 

 

 

Valores respaldados por hipotecas con garantía de organismos públicos (Agency MBS)

 

 

 

 

Efectos comerciales respaldados por activos (ABCP- asset-backed commercial paper)

 

 

 

 

Obligaciones respaldadas por deuda/Obligaciones respaldadas por préstamos (CD0/CL0-collateralised debt obligations/collaterallised loan obligations)

 

 

 

 

Certificados estructurados

 

 

 

 

Productos cotizados (ETP- exchange traded products)

Pro

 

 

 

Otros productos

 

 

 

b)  Derivados

Valor posiciones largas

Valor posiciones cortas

 

Derivados sobre renta variable

 

 

 

De los cuales:

Conexos a entidades financieras

 

 

 

 

0tros derivados sobre renta variable

 

 

 

Derivados sobre renta fija

 

 

 

CDS (Permutas de cobertura por impago)

 

 

 

De las cuales:

CDS financieras uninominales

 

 

 

 

CDS soberanas uninominales

 

 

 

 

Otras CDS uninominales

 

 

 

 

CDS indexadas

 

 

 

 

Exóticas (incl. componente de cobertura por impago)

 

 

 

 

Valor bruto

 

 

Divisas (a efectos de inversión)

 

 

 

Derivados sobre tipos de interés.

 

 

 

 

Valor posiciones largas

Valor posiciones cortas

 

Derivados sobre materias primas

 

 

 

De los cuales:

Energía

 

 

 

 

De los cuales:

 

 

 

 

—  Petróleo crudo

 

 

 

 

—  Gas natural

 

 

 

 

—  Electricidad

 

 

 

 

Metales preciosos

 

 

 

 

De los cuales: Oro

 

 

 

 

Otras materias primas

 

 

 

 

De las cuales:

 

 

 

 

—  Metales de uso industrial

 

 

 

 

—  Ganadería

 

 

 

 

—  Productos agrícolas

 

 

 

Otros derivados

 

 

 

c)  Activos físicos (reales/tangibles)

Valor posiciones largas

 

 

Activos físicos: Bienes inmuebles

 

 

 

De los cuales:

Inmuebles residenciales

 

 

 

 

Inmuebles comerciales

 

 

 

Activos físicos: materias primas

 

 

 

Activos físicos: madera

 

 

 

Activos físicos: bienes artísticos y de colección

 

 

 

Activos físicos: activos del sector del transporte

 

 

 

Activos físicos: otros productos

 

 

 

d)  Organismos de inversión colectiva

Valor posiciones largas

 

 

Inversiones en organismos de inversión colectiva (OIC) administrados/gestionados por el GFIA

 

 

 

De las cuales:

Fondos del mercado monetario y OIC de gestión de efectivo

 

 

 

 

ETF(Fondo de inversión cotizado)

 

 

 

 

Otros OIC

 

 

 

Inversiones en OIC no administrados/gestionados por el GFIA

 

 

 

De las cuales:

Fondos del mercado monetario y OIC de gestión de efectivo

 

 

 

 

ETF(Fondo de inversión cotizado)

 

 

 

 

Otros OIC

 

 

 

e)  Inversiones en otras clases de activos

 

Valor posiciones largas

Valor posiciones cortas

 

Total otras

 

 

 

9

Valor del volumen de negocios de cada clase de activo en referencia a los meses sobre los que se informa

 

 

 

 

a)  Valores

 

Valor de mercado

 

 

Efectivo y equivalentes de efectivo

 

 

 

 

Acciones cotizadas

 

 

 

 

Acciones no cotizadas

 

 

 

 

Bonos de empresa no emitidos por entidades financieras

 

 

 

 

De los cuales:

Grado de inversión

 

 

 

 

Grado especulativo

 

 

 

Bonos de empresa emitidos por entidades financieras

 

 

 

 

Bonos soberanos

 

 

 

 

De los cuales:

Bonos de Estados miembros de la UE

 

 

 

 

Bonos de Estados no miembros de la UE

 

 

 

Bonos convertibles:

 

 

 

 

Préstamos

 

 

 

 

Productos estructurados/titulizados

 

 

 

 

b)  Derivados

 

Valor nocional

Valor de mercado

 

Derivados sobre renta variable

 

 

 

 

Derivados sobre renta fija

 

 

 

 

CDS (Permutas de cobertura por impago)

 

 

 

 

Divisas (a efectos de inversión)

 

 

 

 

Derivados sobre tipos de interés

 

 

 

 

Derivados sobre materias primas

 

 

 

 

Otros derivados

 

 

 

 

c)  Activos físicos (reales/tangibles)

 

Valor de mercado

 

 

Activos físicos: materias primas

 

 

 

 

Activos físicos: bienes inmuebles

 

 

 

 

Activos físicos: madera

 

 

 

 

Activos físicos: bienes artísticos y de colección

 

 

 

 

Activos físicos: activos del sector del transporte

 

 

 

 

Activos físicos: otros productos

 

 

 

 

d)  Organismos de inversión colectiva

 

 

 

 

e)  Otras clases de activos

 

 

 

 

Moneda de las exposiciones

 

 

 

10

Valor total de las posiciones largas y cortas (antes de la cobertura de las monedas) desglosado en las siguientes monedas:

Valor posiciones largas

Valor posiciones cortas

 

AUD

 

 

 

 

CAD

 

 

 

 

CHF

 

 

 

 

EUR

 

 

 

 

GBP

 

 

 

 

HKD

 

 

 

 

JPY

 

 

 

 

USD

 

 

 

 

Otras monedas

 

 

 

11

Volumen típico de la negociación/posición

(Se cumplimentará este punto si como tipo de FIA predominante se seleccionó «fondo de capital inversión», más arriba)

(Selecciónese uno)

Muy pequeño

(< 5 m EUR)

Pequeño

(5 m EUR a < 25 m EUR)

Mercado medio/bajo

(25 m EUR a < 15 m EUR)

Mercado medio alto (150 m EUR a < 25 m EUR)

Elevada cap.

(500 m EUR a 1 000  m EUR)

Megacap.

(1 000  m EUR o más)

 

12

Influencia dominante [véase el artículo 1 de la Directiva 83/349/CEE del Consejo (DO L 193 de 18.7.1983, p. 1)]

[Se cumplimentará este punto si como tipo de FIA predominante se seleccionó «fondo de capital inversión», más arriba; cumpliméntese para cada sociedad sobre la que el FIA ejerza una influencia dominante (de otro modo, se dejará en blanco) según lo definido en el artículo 1 de la Directiva 83/349/CEE]

Nombre

% derechos de voto

Tipo de operación

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Perfil de riesgo del FIA

1.  Perfil del riesgo de mercado

13

Rendimiento anual de la inversión previsto/TIR en condiciones normales de mercado (en %)

 

 

 

Delta neta de renta variable

 

 

 

 

DV01 neto:

 

 

 

 

CS01 neta:

 

 

 

2.  Perfil del riesgo de contraparte

14

Mecanismos de negociación y compensación

 

 

 

 

a)  % estimado (en términos de valor de mercado) de los valores negociados:

(Se dejará en blanco si no se negocian valores)

%

 

 

En un mercado regulado

 

 

 

 

OTC

 

 

 

 

b)  % estimado (en términos de volumen de negociación) de derivados negociados:

(Se dejará en blanco si no se negocian derivados)

%

 

 

En un mercado regulado

 

 

 

 

OTC

 

 

 

 

c)  % estimado (en términos de volumen de negociación) de operaciones de derivados compensadas:

(Se dejará en blanco si no se negocian derivados)

%

 

 

Por una ECC

 

 

 

 

Bilateralmente

 

 

 

 

d)  % estimado (en términos de valor de mercado) de operaciones repo compensadas:

(Se dejará en blanco si no se negocian repo)

%

 

 

Por una ECC

 

 

 

 

Bilateralmente

 

 

 

 

Trilateralmente

 

 

 

15

Valor de la garantía real y otro respaldo de crédito que el FIA haya entregado a todas las contrapartes

 

 

 

a)  Valor de la garantía depositada en forma de efectivo o equivalentes de efectivo

 

 

 

b)  Valor de la garantía depositada en forma de otros valores (excluido el efectivo y equivalentes de efectivo)

 

 

 

c)  Valor de otra garantía real y respaldo de crédito depositados (con inclusión del valor nominal de las cartas de crédito y otro respaldo de crédito de terceros similar)

 

 

16

Del importe de la garantía real y otro respaldo de crédito que el fondo informante haya entregado a las contrapartes: ¿qué porcentaje ha sido reutilizado por las contrapartes?

 

 

17

Exposiciones a las cinco contrapartes principales (excluidas las contrapartes centrales)

 

 

 

a)  Indíquense las cinco contrapartes principales frente a las cuales el FIA tenga la mayor exposición de crédito neta a precios de mercado

Nombre

Exposición total

 

Contraparte 1

 

 

 

 

Contraparte 2

 

 

 

 

Contraparte 3

 

 

 

 

Contraparte 4

 

 

 

 

Contraparte 5

 

 

 

 

b)  Indíquense las cinco contrapartes principales que tienen la mayor exposición de crédito neta valorada a precios de mercado frente al FIA, medida en porcentaje del patrimonio neto del FIA.

Nombre

Exposición total

 

Contraparte 1

 

 

 

 

Contraparte 2

 

 

 

 

Contraparte 3

 

 

 

 

Contraparte 4

 

 

 

 

Contraparte 5

 

 

 

18

Compensación directa a través de contrapartes centrales

 

 

 

a)  Durante el período a que se refiere la información, ¿compensó el FIA alguna operación directamente a través de una contraparte central?

Sí

No (en caso negativo, procédase directamente al punto 21)

 

 

b)  Si la respuesta al punto 18.a) es afirmativa, indíquense las tres contrapartes centrales principales en términos de exposición crediticia neta

Nombre

Valor

 

ECC 1 (déjese en blanco, si no procede)

 

 

 

 

ECC 2 (déjese en blanco, si no procede)

 

 

 

 

ECC 3 (déjese en blanco, si no procede)

 

 

 

3.  Perfil de liquidez

Perfil de liquidez de la cartera

19

Perfil de liquidez del inversor

Porcentaje de la cartera que puede ser liquidado en:

 

1 día o menos

2 a 7 días

8 a 30 días

31 a 90 días

91 a 180 días

181 a 365 días

más de 365 días

 

 

 

 

 

 

 

 

20

Valor del efectivo inmediatamente disponible

 

 

Perfil de liquidez del inversor

21

Perfil de liquidez del inversor

Porcentaje de capital del inversor que puede reembolsarse en (% del patrimonio neto del FIA)

 

 

 

1 día o menos

2 a 7 días

8 a 30 días

31 a 90 días

91 a 180 días

181 a 365 días

más de 365 días

 

 

 

 

 

 

 

 

22

Reembolsos al inversor

 

 

 

 

a)  ¿Otorga el FIA al inversor derechos de retirada/reembolso en condiciones normales?

Sí

No

 

 

 

 

 

b)  ¿Cuál es la frecuencia de reembolso al inversor (en caso de múltiples clases de participaciones, la información se referirá a la clase de participación más importante con arreglo al valor liquidativo)

(Selecciónese una)

Diaria

Semanal

Quincenal

Mensual

Trimestral

Semestral

Anual

Otras frecuencias

No procede

 

 

c)  ¿Qué plazo de preaviso, en número de días, se exige a los inversores para el reembolso?

(desglósese el plazo de preaviso por activo si existen múltiples clases de participaciones)

 

 

 

d)  ¿Qué plazo mínimo de inversión, en número de días, se exige al inversor? (desglósese el plazo por activo si existen múltiples clases de participaciones

 

 

23

Medidas especiales y trato preferente

 

 

 

a)  En la fecha en que se informa, ¿qué porcentaje del patrimonio neto del FIA está sujeto a las siguientes medidas:

% patrimonio neto

 

 

Cartera separada de activos ilíquidos

 

 

 

 

Restricciones de reembolso

 

 

 

 

Suspensión de negociación

 

 

 

 

Otras medidas de gestión de los activos ilíquidos (especifíquense)

 

[Tipo]

[%]

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

b)  Indíquese el porcentaje del valor patrimonial neto de los activos del FIA actualmente objeto de medidas especiales motivadas por su iliquidez con arreglo al artículo 23.4.a) de la Directiva sobre los GFIA, incluidas las enumeradas en el punto 25 a)

 

 

 

Medidas especiales en % del patrimonio neto

 

 

 

 

c)  ¿Hay inversores a los que se otorga trato preferente o que tienen derecho a trato preferente (por ejemplo, mediante una cláusula adicional) y, por tanto, debe informarse sobre ellos a los inversores del FIA de acuerdo con el artículo 23.1.j) de la Directiva sobre los GFIA?

(Sí o no)

 

 

d)  Si la respuesta a la letra c) es afirmativa, indíquense todos los pertinentes tratos preferentes:

 

 

 

Diferencias en la información a facilitar al inversor

 

 

 

 

Diferencias en las condiciones relativas a la liquidez del inversor

 

 

 

 

Diferencias en las tarifas aplicadas a los inversores

 

 

 

 

Otro trato preferente

 

 

 

24

Facilítese un desglose de la titularidad de las participaciones del FIA por categoría de inversor (en % del valor patrimonial neto de los activos del FIA; indíquense los propietarios efectivos, si se conocen o es factible)

 

 

25

Financiación de la liquidez

 

 

 

a)  Indíquese el importe agregado de los préstamos obtenidos y la financiación de tesorería de que dispone el FIA (incluidas todas las líneas de crédito, utilizadas o no, comprometidas o no, así como toda posible financiación a plazo)

 

 

 

b)  Divídase el importe indicado en la letra a) entre los plazos que, a continuación, se especifican, basándose en el plazo más largo en el que el acreedor esté contractualmente comprometido a proporcionar la financiación:

 

 

 

1 día o menos

2 a 7 días

8 a 30 días

31 a 90 días

91 a 180 días

181 a 365 días

Más de 365 días

 

 

 

 

 

 

 

 

4.  Toma de préstamos y riesgo de exposición

26

Valor de los préstamos de efectivo o valores obtenidos representado por:

 

 

 

Préstamo de efectivo sin garantía:

 

 

 

 

Préstamo de efectivo con garantía — A través del intermediario principal:

 

 

 

 

Préstamos de efectivo con garantía — A través de pactos de recompra (inversa):

 

 

 

 

Préstamos de efectivo con garantía — A través de otros medios:

 

 

 

27

Valor de los préstamos implícitos en otros instrumentos financieros

 

 

 

Derivados negociados en bolsa: exposición bruta menos margen de garantía depositado

 

 

 

 

Derivados OTC: exposición bruta menos margen de garantía depositado

 

 

 

28

Valor de los valores tomados en préstamo para posiciones cortas

 

 

 

29

Exposición bruta de las estructuras financieras y/o jurídicas controladas por el FIA a que se refiere el considerando 78 de la Directiva sobre los GFIA

 

 

 

Estructura financiera y/o jurídica

 

 

 

 

Estructura financiera y/o jurídica

 

 

 

 

Estructura financiera y/o jurídica

 

 

 

 

…

 

 

 

30

Apalancamiento del FIA

 

 

 

 

a)  Calculado con arreglo al método bruto

 

 

 

 

b)  Calculado con arreglo al método del compromiso

 

 

 

5.  Aspectos del riesgo operativo y de otro tipo

31

Número total de posiciones abiertas

 

 

 

32

Perfil de riesgo histórico

 

a)  Rentabilidad de inversión o TIR bruta del FIA durante el período sobre el que se informa (en %, antes de deducir las comisiones de gestión y rendimiento)

 

 

 

Primer mes del período sobre el que se informa

 

 

 

 

Segundo mes del período sobre el que se informa

 

 

 

 

…

 

 

 

 

…

 

 

 

 

Último mes del período sobre el que se informa

 

 

 

 

b)  Rentabilidad de inversión o TIR neta del FIA durante el período sobre el que se informa (en %, tras deducir las comisiones de gestión y rendimiento)

 

 

 

Primer mes del período sobre el que se informa

 

 

 

 

Segundo mes del período sobre el que se informa

 

 

 

 

…

 

 

 

 

…

 

 

 

 

Último mes del período sobre el que se informa

 

 

 

 

c)  Variación del patrimonio neto del FIA durante el período sobre el que se informa (en %, teniendo en cuenta los efectos de las suscripciones y los reembolsos)

 

 

 

Primer mes del período sobre el que se informa

 

 

 

 

Segundo mes del período sobre el que se informa

 

 

 

 

…

 

 

 

 

…

 

 

 

 

Último mes del período sobre el que se informa

 

 

 

 

d)  Suscripciones durante el período sobre el que se informa

 

 

 

Primer mes del período sobre el que se informa

 

 

 

 

Segundo mes del período sobre el que se informa

 

 

 

 

…

 

 

 

 

…

 

 

 

 

Último mes del período sobre el que se informa

 

 

 

 

e)  Reembolsos durante el período sobre el que se informa

 

 

 

Primer mes del período sobre el que se informa

 

 

 

 

Segundo mes del período sobre el que se informa

 

 

 

 

…

 

 

 

 

…

 

 

 

 

Último mes del período sobre el que se informa

 

 

 

Los valores monetarios se expresarán en la moneda de base del FIA.

Resultados de las pruebas de resistencia

Indíquense los resultados de las pruebas de resistencia realizadas de acuerdo con el artículo 15, apartado 3, letra b), de la Directiva 2011/61/UE [garantizar que se puedan determinar, medir, gestionar y controlar correcta y permanentemente los riesgos asociados a cada posición de inversión del FIA y su efecto global en la cartera del FIA, en particular aplicando pruebas apropiadas de esfuerzo] (texto libre)

Los valores monetarios se expresarán en la moneda de base del FIA.

Indíquense los resultados de las pruebas de resistencia realizadas con arreglo al artículo 16, apartado 1, párrafo segundo, de la Directiva 2011/61/UE [Los GFIA efectuarán a intervalos regulares pruebas de esfuerzo, tanto en condiciones de liquidez normales como excepcionales, que le permitan evaluar el riesgo de liquidez del FIA y controlar en consecuencia el riesgo de liquidez del FIA.] (texto libre)

Los valores monetarios se expresarán en la moneda de base del FIA.



FIA-Información específica que debe facilitarse a las autoridades competentes

(Artículo 24, apartado 4, de la Directiva 2011/61/UE)

 

Tipo de datos

Datos comunicados

1

Del importe de la garantía real y otros medios de respaldo de crédito que el FIA ha entregado a las contrapartes: ¿qué porcentaje ha sido reutilizado por las contrapartes?

 

 

Toma de préstamos y riesgo de exposición

2

Valor de los préstamos de efectivo o valores obtenidos representado por:

 

 

 

Préstamos de efectivo sin garantía:

 

 

 

Préstamos de efectivo con garantía — A través del intermediario principal:

 

 

 

Préstamos de efectivo con garantía — A través de pactos de recompra (inversa):

 

 

 

Préstamos de efectivo con garantía — A través de otros medios:

 

 

3

Valor de los préstamos implícitos en otros instrumentos financieros

 

 

 

Derivados negociados en bolsa: exposición bruta menos margen de garantía depositado

 

 

 

Derivados OTC: exposición bruta menos margen de garantía depositado

 

 

4

Las cinco fuentes principales de toma en préstamo de efectivo o de valores (posiciones cortas):

 

 

 

1a en importancia:

 

 

 

2a en importancia:

 

 

 

3a en importancia:

 

 

 

4a en importancia:

 

 

 

5a en importancia:

 

 

5

Valor de los valores tomados en préstamo para posiciones cortas

 

 

6

Exposición bruta de las estructuras financieras y/o jurídicas controladas por el FIA a que se refiere el considerando 78 de la Directiva sobre los GFIA

 

 

 

Estructura financiera y/o jurídica

 

 

 

Estructura financiera y/o jurídica

 

 

 

Estructura financiera y/o jurídica

 

 

 

…

 

 

7

Apalancamiento del FIA:

 

 

 

a)  Método bruto

 

 

 

b)  Método del compromiso

 

 

Los valores monetarios se expresarán en la moneda de base del FIA.

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito

Incidencias vinculadas